Convocadas las ayudas de reestructuración de viñedo en Castilla-La Mancha
martes, 16 de febrero de 2021 | Agricultura
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este lunes, 15 de febrero, la Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de restructuración y reconversión de viñedo para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2022 y 2023.
Se podrán acoger a la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos desarrollada en esta orden, los/las viticultores/as y futuros/as viticultores/as, cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación. Un viticultor /a solo podrá constar como persona beneficiaria en una única solicitud.
El plazo de presentación será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la BDNS y de la presente orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes se podrán presentar de forma individual o colectiva. En todo caso, la presentación se deberá realizar a través de una persona única que será la que asuma la dirección técnica de la solicitud. En el caso de operaciones anuales el plazo límite de ejecución será hasta el 15 de junio de 2022 inclusive. Cuando las operaciones sean bienales el plazo de ejecución abarcará hasta el 15 de junio de 2023 incluido. Las solicitudes de reestructuración se presentarán obligatoriamente a través de la aplicación Recavin.
Las acciones subvencionables, dentro de cada operación, serán:
-En la operación de reestructuración o reimplantación de viñedos se podrán solicitar las siguientes acciones:
-Arranque (incluida la recogida de cepas).
-Preparación del suelo: labor profunda, labor superficial y/o enmienda orgánico-mineral.
-Desinfección. Sólo en el caso de que el arranque de la parcela final a desinfectar se vaya a realizar en el seno del proyecto de reestructuración.
-Despedregado.
-Planta y plantación. La variedad a plantar deberá ser subvencionable y la plantación se deberá realizar en cultivo único o puro.
-Tubos de plástico para la protección individual de plantas contra conejos en el momento de la plantación (incluida la colocación).
-Espaldera. Cuando se aporten autorizaciones o derechos de replantación propios para la reestructuración de las parcelas.
Serán subvencionables las operaciones realizadas con cualquiera de las variedades autorizadas en Castilla-La Mancha, excepto las variedades Airén, Pardillo/Marisancho, Verdoncho, Torrontés, Montúa/Chelva, Jaén blanco/Pardina, Malvar, Alarije, B., Merseguera, B., Palomino B., Parellada B., Pedro Ximénez, B., Planta Nova, Tardana B y Tinto de la Pámpana Blanca T.
La superficie máxima objeto de resolución aprobatoria será de 25 ha por solicitud y año.