Publicada la Orden de las ayudas para paliar daños de las aves necrófagas al ganado doméstico
martes, 18 de julio de 2017 | Agricultura
El
Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este martes la
Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo
Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas
en régimen de minimis para paliar los daños producidos en
Castilla-La Mancha, por aves necrófagas al ganado doméstico.
La finalidad de las ayudas es la conciliación de la presencia de las
aves necrófagas con los usos ganaderos de la región, en especial con la
ganadería extensiva.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ganaderos o titulares de
explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurídicas u otras
entidades sin personalidad jurídica que cumplan con los siguientes
requisitos:
- a) Mantener ganado en régimen extensivo en Castilla-La Mancha.
- b) El ganado deberá pertenecer a una explotación ganadera incluida
en el Registro General de Explotaciones Ganaderas o disponer de código
REGA y de Guía de origen y sanidad pecuaria para la trashumancia.
- c) El ganado deberá estar identificado y saneado de acuerdo con la normativa aplicable al efecto.
- d) No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de
mínimis de 15.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
- e) Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social.
Se subvencionarán los daños ocasionados por ataques de aves
necrófagas a explotaciones ganaderas que mantengan ganado en régimen
extensivo en Castilla-La Mancha siempre que se comunique en forma, se
compruebe fehacientemente la participación de las aves carroñeras y como
consecuencia del ataque de las aves necrófagas se produzca la muerte de
animales, o les origine daños que obliguen a su posterior sacrificio o
se ocasione una depreciación importante de los mismos.
Importes de las ayudas
El importe de las ayudas por cada ataque será de cómo máximo 1.500 € para ganado caprino y ovino y 2.000 € para vacuno.
Cuando un ganadero tenga conocimiento de un posible ataque de aves
necrófagas a su ganado, deberá comunicarlo, salvo causas excepcionales,
dentro de las 24 horas siguientes a los Agentes Medioambientales de la
demarcación territorial donde se haya producido el ataque, o al servicio
competente en conservación de la naturaleza de la Dirección provincial
correspondiente, para proceder a realizar la visita a la explotación y
evaluar los posibles daños, recogiendo la información necesaria en acta.
Durante la visita a la explotación, el titular de la misma, estará
obligado a colaborar en la inspección, proporcionando los datos
requeridos y facilitando, en su caso, el acceso del personal que realice
la inspección a terrenos e instalaciones de su propiedad. Asimismo,
estará obligado a cubrir los animales muertos en el ataque o proteger
los animales heridos para facilitar la comprobación, evitando que sean
consumidos por los buitres u otra fauna oportunista.